lunes 21 septiembre, 2026

Un tribunal federal dejó sin efecto la protección judicial que impedía que el empresario Raúl Rocha Cantú compareciera como testigo dentro de una investigación en curso, al determinar que este tipo de figuras deben presentarse a rendir declaración cuando así lo requiera la autoridad.

El Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Cuarto Circuito resolvió, por mayoría de votos, cancelar la suspensión provisional que un juez de Distrito había concedido previamente al copropietario del certamen Miss Universo, lo que abre la posibilidad de que sea llamado formalmente por el Ministerio Público.

Durante la sesión del tribunal, el magistrado Carlos Alberto Flores propuso dejar sin efectos la medida cautelar, al considerar que existe un criterio jurídico claro que obliga a los testigos a comparecer dentro de las carpetas de investigación correspondientes.

La decisión se sustentó en una resolución del Pleno Regional del Centro Norte, que zanjó una contradicción de criterios y estableció que la calidad de testigo colaborador no exime de la obligación de declarar ante la autoridad.

De acuerdo con documentos ministeriales, Raúl Rocha Cantú fue citado en al menos dos ocasiones por la Fiscalía Especializada en Materia de Delincuencia Organizada (Femdo) para aportar información relevante a la indagatoria.

La primera cita se programó para el 8 de diciembre de 2025, con el objetivo de que personal de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) recabara una entrevista formal. Posteriormente, fue convocado nuevamente el 12 de diciembre, en dos horarios distintos, para ampliar la información relacionada con el caso.

Uno de los citatorios respondió a una solicitud presentada por la defensa de Mari Carmen R. R., exfuncionaria de la Femdo actualmente recluida en un penal femenil de Morelos, quien pidió recabar el testimonio del empresario como parte de actos de investigación.

No obstante, los registros ministeriales señalan que Rocha Cantú no acudió a ninguna de las comparecencias programadas, lo que derivó en nuevas actuaciones legales.

De manera paralela, Petróleos Mexicanos (Pemex) solicitó formalmente la revocación del criterio de oportunidad otorgado al empresario, al considerar que no se cumplen los requisitos establecidos en el artículo 256 del Código Nacional de Procedimientos Penales.

Ante la falta de comparecencia, la causa penal prevé la elaboración de un informe ejecutivo para solicitar a la Fiscalía Especial en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas que autorice retirar dicho beneficio legal y, en consecuencia, ejercer acción penal en su contra.

Share.
Exit mobile version